Busca datos

martes, 29 de enero de 2019

DECRETO SUPREMO N° 3659 - Autorizar al Instituto Nacional de Estadística el incremento de la subpartida de Consultores Individuales de Línea

DECRETO SUPREMO N°  3659
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el numeral 16 del Parágrafo I del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, establece como competencia privativa del nivel central del Estado los censos oficiales; y el numeral 13 del Parágrafo II del citado Artículo, dispone como competencia exclusiva del nivel central del Estado la elaboración y aprobación de estadísticas oficiales.
Que el inciso b) del Artículo 5 de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística, aprobado por Decreto Ley Nº 14100, de 5 de noviembre de 1976, determina que el Instituto Nacional de Estadística es el órgano ejecutivo y técnico del Sistema; es una entidad descentralizada con autonomía administrativa y de gestión, dependiente del Ministerio de Planeamiento y Coordinación, actual Ministerio de Planificación del Desarrollo. Tiene por responsabilidad la dirección, la planificación, la ejecución, el control y la coordinación de las actividades estadísticas del Sistema.
Que el Artículo 5 de la Ley Nº 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, señala que las entidades públicas no podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados.
Que el Parágrafo I del Artículo 4 del Decreto Supremo Nº 3448, de 3 de enero de 2018, que reglamenta la aplicación de la Ley Nº 1006, de 20 de diciembre de 2017, del Presupuesto General del Estado Gestión 2018, señala que en el marco de sus competencias, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y al Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo dependiente del Ministerio de Planificación del Desarrollo, la inscripción y/o incremento de las partidas de gasto 25200 “Estudios, Investigaciones, Auditorías Externas y Revalorizaciones”, 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión No Capitalizables” y 46000 “Estudios y Proyectos para Inversión”, con recursos de financiamiento externo de crédito, donación, y su contraparte nacional establecidos en los convenios específicos, no amerita Decreto Supremo. Para las demás fuentes de financiamiento el incremento de estas partidas deberá aprobarse mediante Decreto Supremo.
Que el Artículo 16 del Decreto Supremo Nº 3448, establece que la definición de las remuneraciones de los consultores individuales de línea, debe estar establecida en función a la escala salarial; para lo cual, las unidades administrativas de cada entidad, elaborarán el cuadro de equivalencia de funciones que será avalado por la Unidad Jurídica y con Visto Bueno (Vo.Bo.) de la Máxima Autoridad Ejecutiva – MAE.
Que es necesario que el Instituto Nacional de Estadística contrate consultores individuales de línea, para la ejecución de la Encuesta de Hogares 2018, en el marco de los objetivos y atribuciones de esa entidad en la realización de censos a nivel nacional.

EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto, autorizar al Instituto Nacional de Estadística el incremento de la subpartida de Consultores Individuales de Línea, para la ejecución y cumplimiento de los objetivos de la Encuesta de Hogares 2018.
ARTÍCULO 2.- (CONSULTORÍAS). Se autoriza al Instituto Nacional de Estadística, incrementar en la gestión 2018, la subpartida 25220 “Consultores Individuales de Línea”, por un monto de Bs4.244.446.- (CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS 00/100 BOLIVIANOS), financiados con Fuente 41 “Transferencias T.G.N.” y Organismo 111 “Tesoro General de la Nación”, a través de un traspaso presupuestario intrainstitucional afectando la subpartida 26990 “Otros”, para la ejecución y cumplimiento de los objetivos de la Encuesta de Hogares 2018.
La señora Ministra de Estado en el Despacho de Planificación del Desarrollo, queda encargada de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de septiembre del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Diego Pary Rodríguez, Alfredo Rada Vélez, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Javier Eduardo Zavaleta López, Mariana Prado Noya, Mario Alberto Guillén Suárez, Rafael Alarcón Orihuela, Eugenio Rojas Apaza, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda MINISTRO DE MINERÍA Y METALURGIA E INTERINO DE HIDROCARBUROS, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Rodolfo Edmundo Rocabado Benavides, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, Gisela Karina López Rivas, Tito Rolando Montaño Rivera.

sábado, 12 de enero de 2019

José Gabriel Espinoza Ciudadanía no ve reflejada su realidad en datos del INE

Los datos que presenta el Instituto Nacional de Estadística (INE) cada mes y al final del año a través del Índice de Precios al Consumidor (IPC), es sólo una aproximación, debido a que muchas personas no entienden el indicador porque no ven reflejada su realidad, reflexionó el economista José Gabriel Espinoza.

Sin embargo, el dato que arroja el INE es base parta las negociaciones o la petición que realiza la Central Obrera Boliviana (COB) al Gobierno, cada año, para solicitar un incremento de la masa salarial, es decir el mínimo y el aumento del salario.

Para el economista Ernesto Bernal, los datos del INE no se acercan mucho a la realidad, y es por ello que se duda el indicador de crecimiento, y muchos organismos internacionales han estimado una cifra menor al oficial.

Sin embargo, con referencia al IPC, de acuerdo al INE el 2018 cerró con 1,51 por ciento, y ahora la COB solicitará un porcentaje mayor para el incremento salarial, pero Bernal sostiene que la cifra no debería alejarse de la realidad.

Algunas instituciones, como la Fundación Jubileo o Milenio, han estimado una inflación mayor de alimentos al IPC, que oscilaría entre 2,5 a 3 por ciento, y por ello el incremento salarial debería estar en este rango, reflexionó Bernal.

INFLACIÓN

Según Espinoza, la inflación es la evolución de los precios o cómo variaron los mismo de una canasta determinada de bienes o de servicios, cuyo porcentaje lo determina el INE, pero el IPC es sólo una aproximación de cómo cambiaron los valores de algunos productos de la economía.

Espinoza aclara que algunos componentes del IPC son administrados, como por ejemplo la educación, porque se fija el valor a principios de año, y en todo el año no tiene mucha incidencia, al igual que el transporte.

Es por ello que ese dato sólo refleja una parte de la dinámica económica, apunta Espinoza al indicar que el 2018 el Banco Central de Bolivia y el Gobierno implementaron políticas públicas para aumentar el consumo, mediante el aumento de liquidez y una disminución de las tasas de interés, y mostrar una señal positiva de la economía, pero el IPC se mantuvo y el consumo también.

El economista señaló que el IPC se mantuvo bajo y la gente no consumió como años atrás, y por lo tanto el empresario tampoco incrementó el precio de su producto, debido a la poca demanda que se registró en el mercado nacional.

“No hay una dinámica de consumo interno alta, como años atrás. Cada vez la gente es mucho más precavida a la hora de gastar”, sostiene Espinoza e indica que se le hará cuesta arriba a las empresas compensar sus déficits con incremento de precios de sus productos y bienes.

El Índice de Precios al Consumidor (IPC) en diciembre, respecto al mes de noviembre, registró una variación porcentual positiva de 0,35 %, mayor a la registrada en 2017 que fue de 0,34 %. La variación acumulada y a doce meses fue de 1,51 %, para ambos casos.

La variación positiva de 0,35 % se explica principalmente por la variación porcentual en las siguientes ciudades y conurbaciones: Región Metropolitana Kanata 0,46 %, Oruro 0,45%, Trinidad 0,41 %, Tarija 0,37%, Sucre 0,36 %, Conurbación Santa Cruz 0,33 %, Conurbación La Paz 0,30 %, Potosí 0,30% y Cobija 0,01 %, señala el boletín del INE.

La variación acumulada de 1,51 % de enero a diciembre, se explica por la variación porcentual en las siguientes ciudades y conurbaciones: Cobija 2,35 %, Conurbación La Paz 1,87 %, Tarija 1,66 %, Región Metropolitana Kanata 1,60 %, Sucre 1,49 %, Oruro 1,41 %, Conurbación Santa Cruz 1,18 %, Potosí 0,91 % y Trinidad 0,54 %.

SALARIO


Por otra parte, el salario mínimo dubio de 440 bolivianos en 2005 a 2.060 en 2018, casi un incremento de 400 por ciento. El año pasado se estableció un incremento salarial de 5 por ciento, para la presente gestión, la base será el 1,51 por ciento registrado la pasada gestión.